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Documento BOE-B-2018-4825

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 27 de enero de 2018, páginas 6074 a 6074 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-4825

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Granada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 673/2017, con NIG 1808742120170026430 por Auto de 12/01/17 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor ARRAYANES GESTION, S.L., con domicilio en C/ Callejon Primero de la Magdalena, n.º 5, Guadix, Granada y cuyo centro de principales intereses.

2.º- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.

3.º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C.A. estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don López y García de la Serrana, Abogados, S.L.P., con domicilio postal C/ Trajano, n.º 8, escalera 1, 1º C, Granada y dirección electrónica concursoarrayanesgestion@hispacolex.com.

Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de L.C. designa como persona natural que le representará y asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a don Javier López García de la Serrana, Abogado, con DNI 24206438L, con domicilio en C/ Trajano, n.º 8, escalera 1, 1.º C, Granada y dirección concursoarrayanesgestion@hispacolex.com.

La personación en el presente procedimientos deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dia siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración del concurso en la forma prevista en el art. 23.1 de la L.C.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 24 de enero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

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