Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presente
Hago Saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 425/2016 habiéndose dictado en fecha 1 de octubre de 2018 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Se decreta la conclusión del concurso voluntario ordinario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 425/2016, promovido por el Procurador Sr. D. Raúl Vicente Bezjak, en nombre y representación de la mercantil Unilimp Servicios, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D.ª Lourdes Paramio Nieto, con DNI Nº 12244422-G, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Unilimp Servicios, S.L., con C.I.F., B-96527403, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
Valencia, 1 de octubre de 2018.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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