Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente
Hago saber: Que este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 484/2011 habiéndose dictado en fecha 15 de diciembre de 2017 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"1.-Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 484/2011, promovido por el Procurador Sr. Arbona Legorburo, Iñaki, en nombre y representación de la mercantil Viguetas Ribe Coop V., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Sergio Valero Belda, con DNI n.º 44.505.846-H, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Viguetas Ribe Coop V., con C.I.F. F-46280194, procediendo en su caso al cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 3 de noviembre de 2017."
Valencia, 15 de diciembre de 2017.- La Letrada Admón Justicia.
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