EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña YOLANDA ALMAGRO GARCÍA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 838/18, seguido a instancias del Procurador Don VICENTE GUTIÉRREZ ÁLAMO, en nombre y representación de don JULIÁN FRANCISCO RAMÍREZ LÓPEZ y doña MARIA ÚRSULA ROMERO DE LA ROSA, se ha dictado Auto de fecha 26 de septiembre de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara a los deudores D. Julián Francisco Ramírez López, con NIF N.º 42815171G, y Dña. María Úrsula Romero de la Rosa, con NIF N.º 42822675X, en situación de Concurso
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario y se tramitará por el procedimiento abreviado con las especialidades de los art. 242-2 y 242- bis LC.
Se nombra Administrador concursal a D. EUGENIO ALCÁNTARA MANSILLA, con NIF 23782616H, con domicilio en Las Palmas de Gran Canaria, c/ Viera y Clavijo 5, 4.º, CP 35002 con traslado al Administrador concursal para informe sobre la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa y sobre la exoneración del pasivo. La persona designada ha de aceptar el cargo ineludiblemente dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de esta resolución.
Se acuerda a efectos de publicidad de la presente resolución su insercción en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, comunicación a los Registros Civiles oportunos, Decanato y Juzgados de lo Mercantil de este partido, la Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.
Procede por todo ello llamar a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.184.3 L.C.).
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley concursal, se expide el presente Edicto
Las Palmas de Gran Canaria, 10 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid