Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 936/2012, habiéndose dictado en fecha 28 de septiembre de 2018 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
1.-Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario, tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 936/2012, promovido por la Procuradora sra. Rubio Alfonso, Carla, en nombre y representación de la mercantil Agar, S.L, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. José Enrique Miguel Rüsch, con NIF n.º 25.395.686-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.-.Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Agar, S.L., con C.I.F. B-46229100 procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
5.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 26 de julio de 2018.
Valencia, 28 de septiembre de 2018.- La Letrada Admón Justicia.
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