E D I C T O
El Juzgado de lo Mercantil 1 de los de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 LC
A N U N C I A:
1º.- Que en el procedimiento número 636/18, (NIG 2906742120180039353) por auto de 9/10/18 se ha declarado en concurso voluntario al deudor OPERADORES LOGÍSTICOS ANDALUCES EXPRESS, S.L., con CIF. n.º B93382620, con domicilio en Puerto de Málaga, Estación Marítima, Muelle 3, Oficina B-10, 29001 Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3º.- Que ha sido designado Administrador Concursal I. LEY ASESORES JURÍDICOS Y FINANCIEROS, S.L., provisto de CIF B-98699903; con dirección postal en c/ PIRANDELLO, 6, BLOQUE 3, 3.º, OFICINA 1, de Málaga, teléfono: 952.600.986. y con dirección de correo electrónico mgabrielli@i-ley.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 17 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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