Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, anuncia:
Que en el procedimiento concursal n.º 729/2016, con NIG 2906742M20160001553, del deudor PROMOCIONES JAYROMALAGA, S.L., C.I.F. n.º B92642511, por auto de fecha 25 de octubre de 2018, se ha acordado la conclusión del concurso por finalización de las operaciones de liquidación, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal:
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por finalización de las operaciones de liquidación, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.
Acuerdo la extinción de la sociedad PROMOCIONES JAYROMALAGA, S.L., debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.
La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.
Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC.
Málaga, 26 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid