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Documento BOE-B-2018-54550

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 17 de noviembre de 2018, páginas 69516 a 69516 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-54550

TEXTO

Doña Pilar Solanot García,, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado [CNA] - 000933/2015 - MJ sobre declaración de concurso de la mercantil PANIFICADORA ALTEANENSE S.A., con domicilio en Avenida de la Nucia, n.° 13, del Altea, 03590, Alicante, Inscrita al Tomo 1561, Folio, 37, Inscripción 15ª hoja A-19423, y C.I.F. número: A:03009230, se ha dictado resolución de esta fecha, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4. Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5. Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Alicante, 19 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Admón. de Justicia, Pilar Solanot García.

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