Edicto
Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,
Anuncia
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 883/2014 por auto de fecha 05/11/2018 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 14 de noviembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodriguez.
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