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Documento BOE-B-2018-55043

Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Segura celebrada el día 30 de octubre de 2018 sobre aplicación de indisponibilidad o reducción de dotaciones de acuerdo al Plan Especial de Sequía y al Real Decreto que la regula.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2018, páginas 70171 a 70171 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-B-2018-55043

TEXTO

En la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Segura celebrada el pasado 30 de octubre de 2018, se aprobó por unanimidad el acuerdo relativo al punto séptimo del Orden del día:

"Acuerdos a adoptar: Someter a consideración de la Junta de Gobierno la aplicación de indisponibilidad o reducción de dotaciones de acuerdo al Plan Especial de Sequía y al Real Decreto que la regula". Por ello y según el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, y de conformidad con el artículo 2.2.a del Real Decreto 356/2015, de 8 de mayo, por el que se declara la situación de sequía en el ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica del Segura y se adoptan medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos, procede publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y que a continuación se transcribe:

"Primero: Establecer para el año hidrológico 2018-2019 una reducción del 15 % de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que no tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "no tradicionales").

Segundo: Establecer para el año hidrológico 2018-2019 una reducción del 10 % de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "tradicionales").

Tercero: Los acuerdos de los apartados primero y segundo serán, en su caso, revisables a los seis meses en función de la situación hidrológica de la cuenca."

Murcia, 7 de noviembre de 2018.- La Secretaria General, Mónica Gonzalo Martínez.

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