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Documento BOE-B-2018-5612

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 30 de enero de 2018, páginas 7043 a 7044 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-5612

TEXTO

Edicto

D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

Con fecha 26 de octubre de 2017 se dictó resolución, que fue aclarada por auto de fecha 3 de noviembre de 2017, que son firmes, abriendo la fase de liquidación, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

"Parte Dispositiva Acuerdo:

Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor PROMOCIONES PONTE FORXAN, S.L., con CIF. B-36.296.598, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Folio 16 del Tomo y Libro 2030, inscripción 1.ª de la Hoja no PO-20319, con domicilio según el Registro mercantil, en c/ Augusto González Besada, n.º 5 (Pontecaldelas- Pontevedra).

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este órgano judicial. Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de Justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.Así lo acuerda y firma SSa. Doy fe.

La Magistrada. El Letrado de la Administración de Justicia"

"Parte Dispositiva Acuerdo:Adicionar el auto dictado con fecha 26 de octubre, en los siguientes términos:

"Parte Dispositiva

- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Promociones PonteForxan SL, con CIF. B-36.296.598 inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Folio 16 del Tomo y Libro 2030, inscripción 1.ª de la Hoja no PO-20319, con domicilio según el Registro mercantil, en c/ Augusto González Besada, no 5 (Pontecaldelas- Pontevedra)."

- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

- Se declara disuelta la administración social, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC."

Modo de impugnación: contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución que aquí se aclara/adiciona.Así lo acuerda y firma S.Sa.; doy fe.

La Magistrada. El Letrado de la Administración de Justicia."

Pontevedra, 26 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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