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Documento BOE-B-2018-5794

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 1 de febrero de 2018, páginas 7296 a 7296 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-5794

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada Admón. Justicia del juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 000901/2012 habiéndose dictado en fecha 11-01-2018 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del juzgado de lo mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1. Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000901/2012, promovido por el procurador Sr. Castello Merino, Miguel Javier, en nombre y representación de la mercantil EDINOVA LA NUCIA, S.L. y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal doña Concepcion Fuertes Alegre, con DNI n.° 18436510D, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil EDINOVA LA NUCIA, S.L., con CIF B54138474, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia va que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha RUE 30-09-16.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 L.C. expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al Procurador de la concursada Castello Merino, Miguel Javier a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez dias a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Valencia, 11 de enero de 2018.- El/la letrado/a Admón. Justicia.

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