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Documento BOE-B-2018-58861

SANTANDER

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 14 de diciembre de 2018, páginas 74880 a 74880 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-58861

TEXTO

EDICTO

Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander,

Hago saber;

1.-Que en el procedimiento concursal 0000476/2016, por auto de fecha 5 de diciembre de 2018 se ha declarado en concurso necesario, al deudor NORTH CINEMA ENTERTAINMENT, S.L., con CIF número B39769336, en ignorado paradero.

2.-Que se suspende al deudor en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de patrimonio, siendo SUSTITUIDO por la Administración Concursal.

3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado Registro Público Concursal y tablón de anuncios del Juzgado.

4.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.-Que ha sido designado administrador concursal D. Jose Eduardo de Olano Gavín, con NIF número 47651333W, mayor de edad, con domicilio profesional en c/ Plaza Europa, n.º 41- para el ejercicio del cargo en la localidad de 08908 Hospitalet de Llobregat (Barcelona), dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 932532903, número de fax 932532900 y correo electrónico jdeolano@kpmg.es.

6.-Se informa que en el Registro Público Concursal se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso y deban ser publicadas por medio de edictos, de conformidad con la Ley Concursal, dirección electrónica https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en el mismo contenidos a NORTH CINEMA ENTERTEINMENT, S.L., en ignorado paradero, así como de requerimiento para que en el plazo de 10 días presente ante este Juzgado Mercantil los documentos enumerados en el artículo 6 de la Ley Concursal conforme ordena el auto de declaración.

Santander, 11 de diciembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.

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