Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-5914

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 2 de febrero de 2018, páginas 7484 a 7484 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-5914

TEXTO

Edicto

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Hago saber:

Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado con el número 284/13 de la mercantil Fomento Áreas Deportivas, S.A, con CIF A-74165663, se ha dictado la resolución de fecha 29 de enero de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Fomento Áreas Deportivas, S.A.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe.

Murcia, 29 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid