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Documento BOE-B-2018-59544

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2018, páginas 75755 a 75756 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-59544

TEXTO

EDICTO

Doña CRISTINA M.ª VALERO DOMENECH, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.. 3 de Valencia, por el presente,

HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso de acreedores num. 001130/2016-0001 habiéndose dictado en fecha 13-9/18 por el Ilmo/a. Sr/a. magistrado-Juez del JUZGADOD E LO MERCANTIL n.º 3 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso voluntario, cual parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.-Se DECLARA la CONCLUSIÓN del Concursal - Sección 1.ª (General) Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 001130/2016 - 0001, promovido por el Procurador Sr. RICART ANDREU, PABLO VICENTE, en nombre y representación de la mercantil CONGELADOS NORESTE, S.L. y el ARCHIVO de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación

3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D.ª Rosa GARCÍA-ABAD REVERT, con DNI n.º 20.448.362-M, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.-Se acuerda declarar la EXTINCIÓN de la mercantil CONGELADOS NORESTE, S.L., con CIF B-97643704, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 15-6-18.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada RICART ANDREU, PABLO VICENTE a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC ).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.S.ª Doy fe.

El/la Magistrado/a-Juez/a. El/la Letrado/a Admón. Justicia.

Valencia, 13 de septiembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Domenech.

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