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Documento BOE-B-2018-59720

ELCHE

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 2018, páginas 76009 a 76009 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-59720

TEXTO

E D I C T O

Doña BLANCA C. MARTÍNEZ SERRANO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia 4 de Elche, por el presente

HAGO SABER:

Que por auto de fecha 10/12/2018 en el procedimiento con número de autos 000594/2018 y N.I.G. 03065-42-1-2018-0003886, se ha declarado en Concursal - Sección 1.ª (General) [S01] al deudor SERGIO VILA MERI, con domicilio en calle Eduardo Ferrández García, 33, 4.º-1, de Elche y NIF n.º 20008568S.

Facultades del concursado: SUSPENDIDO

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. JUAN CARLOS SOLER OBRERO, colegiado del Ilustre Colegio de Elche con domicilio postal para notificaciones: calle Avenida José Esquitino Sempere, 1, bajo, de Elche; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: jcsoler@icae.es; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: calle Avenida José Esquitino Sempere, 1, bajo, de Elche.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

La publicación de las resoluciones judiciales o sus extractos tendrá un valor meramente informativo o de publicidad notoria.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 14 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Blanca C. Martínez Serrano.

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