Edicto
Juzgado de lo Mercantil Nº9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 747/2014 por auto de fecha 04/12/2018 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3 de ASOCIACION DE COMERCIANTES CENTRO COMERCIAL PUERTA BONITA, con C.I.F.:G-78414463, con domicilio en C/ Matilde Hernández, s/n de Madrid.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 19 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, M.ª Isabel Carro Rodríguez.
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