Se tramita en esta Autoridad Portuaria de Baleares la ordenanza portuaria por la que se regula el horario de actividades generadoras de ruidos en la cubierta de ciertos buques y embarcaciones.
Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que, en el plazo de 20 días hábiles, desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», los interesados puedan examinar el documento elaborado a este fin, que estará a su disposición en el Tablón de anuncios/Información pública, de la Sede electrónica (https://seu.portsdebalears.gob.es) y en las oficinas del Servicio de Atención al Cliente (SAC), sito en la primera planta del edificio de la Autoridad Portuaria de Baleares en el puerto de Palma, Moll Vell, n.º 5 (de lunes a viernes laborables y en horario de 9:00 a 14:00 horas). Las alegaciones podrán presentarse presencialmente o por el registro electrónico.
Palma, 12 de diciembre de 2017.- El Director, Juan Carlos Plaza Plaza.
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