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Documento BOE-B-2018-8839

Anuncio de la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología por el que se somete a información pública de la "Modificación n.º 1 del proyecto de dotación de infraestructuras generales para riego con agua residual regenerada procedente de la E.D.A.R. de la Víbora. t.t.m.m. Mijas y Marbella (Málaga)" y la relación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 13 de febrero de 2018, páginas 11127 a 11128 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2018-8839

TEXTO

Por Resolución de la Dirección General del Agua, de fecha 18 de enero de 2018, se autorizó la incoación del expediente de información pública de la "Modificación n.º 1 del proyecto de dotación de infraestructuras generales para riego con agua residual regenerada procedente de la E.D.A.R. de la Víbora. t.t.m.m. Mijas y Marbella (Málaga)" y la relación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de la misma, a los efectos previstos en:

- La Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 83.

- En el artículo 15 y siguientes de Ley de Expropiación forzosa y en el artículo 15 y siguientes de su Reglamento.

Las obras están declaradas de interés general al estar incluidas en la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, dentro del epígrafe "Reutilización a partir de las depuradoras de la Costa del Sol" y forman parte del Convenio de Gestión Directa vigente, suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A.(Acuamed).

Las obras incluidas en la Modificación n.º 1 consisten en la ampliación del tratamiento terciario actual en la EDAR de La Víbora y la construcción de una red de distribución del agua residual regenerada. Para ello se desarrollan tres conducciones diferentes denominadas impulsión, ramal oeste y ramal este, además incluye la ampliación del tratamiento terciario, una estación de bombeo y un depósito regulador de 3.000 m³ al final de la impulsión.

La Modificación n.º 1 contiene la documentación exigida en el artículo 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por él que se aprueba el texto refundido de la Ley Contratos del Sector Público, con el alcance definido en los artículos 126 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Con fecha 20 de diciembre de 2017, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Rural emite Resolución en la que se indica que "no es previsible que la "Modificación n.º 1 del Proyecto de dotación de infraestructuras generales para riego con agua residual regenerada procedente de la E.D.A.R. de la Víbora. t.t.m.m. Mijas y Marbella (Málaga)", cumpliendo los requisitos ambientales que se desprende de la resolución de informe de impacto ambiental, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II del título II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre".

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública la "Modificación n.º 1 del Proyecto de dotación de infraestructuras generales para riego con agua residual regenerada procedente de la E.D.A.R. de la Víbora. t.t.m.m. Mijas y Marbella (Málaga)" por un plazo de Veinte días (20). Igualmente, de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto por un plazo de veinte días (20).

La Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (Acuamed) tendrá la condición de beneficiario en el proceso de expropiación, en virtud del artículo 132.4 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

La Modificación n.º 1 estará a disposición de los interesados, durante el período establecido al efecto, en las oficinas de la Subdelegación de Gobierno en Málaga, Paseo de Sancha, n.º 64, 29016 Málaga, en los Ayuntamiento de Mijas, calle Plaza de la Virgen de la Peña, n.º 2, 29650 Mijas (Málaga), y de Marbella, Plaza de los Naranjos, s/n, 29600 Marbella (Málaga), y en las oficinas de la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (Acuamed), en la calle Amador de los Ríos, n.º 27, 29018 Málaga.

Las alegaciones que se consideren oportuno presentar deberán dirigirse al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Dirección General del Agua, Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 23 de enero de 2018.- El Subdirector General de Infraestructuras y Tecnología, Daniel Sanz Jiménez.

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