La Junta de Gobierno Local de fecha 30/11/2017 aprobó el desistimiento del procedimiento de contratación para el suministro e instalación de tecnología LED, por concurrir una infracción no reparable del artículo 150.4 del TRLCSP, consistente en no haber especificado en el pliego de clausulas administrativas particulares la puntuación relativa a los criterios de valoración señalados en los apartados 2 y 3 de la cláusula 18.
Sant Boi de Llobregat, 4 de diciembre de 2017.- El Teniente de Alcalde del Área de Gobernanza y Calidad Democrática.
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