Edicto
El Jdo. de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil,
Anuncia:
Que el procedimiento concursal número 391.05/2018 referente al concursado Noguemotor SLcon CIF nº B23588718, por auto de 05/03/19 ha acordado los siguiente:
Se declara la Conclusion del concurso de Noguemotor SL con aprobación de la rendición de cuentas de la AC declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso, acordando la extinción de la persona jurídica Noguemotor SL y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme.
Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Jaén, 8 de marzo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Maria Cárcenas Ortiz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid