Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Santa Cruz de Tenerife.
Hago saber:
Que en el procedimiento Concursal Abreviado 41/09, de la Entidad MAQUINRAM, S.L., CIF: B38442463, se ha dictado Auto de 17/12/18, cuyos puntos principales, son del tenor literal siguiente: ".........ACUERDO: 1. La conclusión del concurso por insuficiencia de masa, dejando sin efecto la situación de concursado de MAQUINRAM, S.L., y el archivo de las actuaciones....2. Aprobar la rendición de cuentas presentadas por la administración concursal.....Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado....Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros (enumérense los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.....MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.....Así lo dispone, manda y firma Dña. ELENA FfRAILE LAFUENTE, JUEZ, del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Santa Cruz de Tenerife........"
Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el Registro Público Concursal, y gratuita en el BOE, por tratarse de última publicación-conclusión.
Santa Cruz de Tenerife, 17 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.
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