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Documento BOE-B-2019-11633

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2019, páginas 14475 a 14475 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-11633

TEXTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente,

Hago saber:

1.º- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000003/2019 se ha dictado en fecha 5 de marzo de 2019, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Inverbobe, S.L., con CIF número 36.977.189, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Velázquez Moreno, n.º 29, 3.º, Vigo (Pontevedra), domicilio social.

2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3.º- Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad profesional Sociedad Gallega de Gestión Concursal, S.L.P., con CIF número B-27.793.561, con domicilio en la calle Hernán Cortés, n.º 1, 1.º derecha, CP 36203, Vigo (Pontevedra), y dirección electrónica señalada inverbobeconcurso@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos; habiendo designado como representante suyo en el ejercicio de las funciones propias del cargo al economista don Javier Pérez Asenjo con DNI número 36.110.095-A.

4.º- Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal, en la dirección de correo electrónica que consta en el edicto publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y en el Registro Público Concursal, la existencia de sus créditos, con la documentación acreditativa de los mismos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este Auto de declaración de concurso en el referido Boletín, haciendo saber a los acreedores que, sin perjuicio de ello, podrán personarse en el concurso mediante escrito a presentar ante el Juzgado suscrito por Abogado y Procurador.

5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Vigo, 5 de marzo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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