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Documento BOE-B-2019-12094

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2019, páginas 15167 a 15167 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-12094

TEXTO

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 3657/2018 Sección: A.

Nig: 0801947120188020837.

Fecha del auto de declaración. 28/1/ 2019.

Clase de concurso. Voluntario consecutivo.

Entidad concursada. Juan Cabrerizo Cruellas, con CIF 39155035L.

Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal a Cristian Valcárcel Bernal. Dirección postal: Calle Escoles Pies 102, 08017- Barcelona. Dirección electrónica: cabrerizocruellas@rcd.legal

Régimen de las facultades del concurso. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado el informe del artículo 75 de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de los bienes y la lista de acreedores. Las partes personadas, que se consideren perjudicadas, pueden impugnar el inventario de los bienes y la lista acreedores en el plazo de diez días, de conformidad con el artículo 96.1 LC. Para las demás personas interesadas, el plazo de diez días se computará desde la última publicación de las previstas en el artículo 95 de la LC y para hacerlo necesitan valerse de Abogado y Procurador.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 8 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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