Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,
Hago saber:
. Primero. Que en el Concurso necesario y ordinario número 351/2006-C frente al deudor "Manufacturas Sofy, S.L.", C.I.F. B50621689, se ha dictado el 19 de marzo de 2019 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa.
. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
. Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 19 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Tomasa Hernández Martín.
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