Doña Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º CNA 319/2016, con NIG: 30030 47 1 2016 0000723, se ha dictado en fecha 11/2/2019 sentencia de conclusión de concurso voluntario del deudor Zapping Mobel, S.L., con CIF B30326243, acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.
2.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.
3.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
4.º Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
5.º Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Murcia, 25 de marzo de 2019.- Letrada de la administración de justicia, Ana Isabel González Peinado.
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