Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona,
Hago saber que:
En la Sección quinta: convenio y liquidación 279/2019 de PROMOCIONS TURÍSTIQUES DE LA VALL, S.A., el día 20 de febrero de 2019 se ha dictado una resolución en la que se declara la rescisión del convenio y la desaparición de los efectos sobre los créditos a que se refiere el artículo 136 LC y en la que acuerda la apertura de la fase de liquidación y da por finalizada la fase de convenio.
La Administración concursal deberá presentar informe en los términos y plazos previstos en el artículo 180 LC.
Concedo a la Administración concursal el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, para que presente un plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la parte concursada, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 LC.
Declaro vencidos anticipadamente los créditos concursales aplazados y acuerdo la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Declaro disuelta la PROMOCIONS TURÍSTIQUES DE LA VALL, S.A., y el cese de sus administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración concursal.
Barcelona, 5 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Francisco Velasco García-Plata.
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