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Documento BOE-B-2019-15760

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2019, páginas 19554 a 19554 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-15760

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el Concurso Voluntario Ordinario, número 501/17/J, del deudor Juan José Jaén Rodríguez, con NIF 32761496C, domiciliado en calle Durán Loriga, Portal 1, 2.º, 15003 La Coruña, se ha dictado en fecha 14 de febrero de 2019, Sentencia de Aprobación de Convenio, que tiene el carácter de firme y que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Fallo

1º.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por don Juan José Jaén Rodríguez, provisto de NIF 32761496C, representado por el Procurador de los Tribunales señor Amenedo Martínez; según la redacción obrante en autos, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC; entre ellos el cese de la Administración concursal en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal, que deberá rendir cuentas en el plazo de un mes desde la firmeza de la presente.

El concursado deberá informar al juzgado, semestralmente, acerca del cumplimiento del convenio.

2º.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

3º.- Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de anuncios de este Tribunal.

4º.- Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia y entréguense a la representación de la concursada para su diligenciamiento.

5º.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

A Coruña, 29 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

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