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Documento BOE-B-2019-15785

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2019, páginas 19580 a 19581 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO PENAL
Referencia:
BOE-B-2019-15785

TEXTO

Marcos Iscar Vergara, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Penal número 7 de Bilbao,

Certifico:

1º.- Que por el Juzgado de lo Penal número 4 de Bilbao (PAB 60/16), se dictó sentencia de fecha 30/12/2016 confirmada por la Audiencia Provincial de Bilbao en fecha 4/08/2017. Ejecutada por el Juzgado de lo Penal número 7 de Bilbao, Ejecutoria 788/18.

2º.- En concepto de responsabilidad civil se condenó a don Luis González Ibañez, así como a la mercantil Watch Orient Distribuciones, S.L., con carácter subsidiario.

3º.- En la referida sentencia se condena a don Luis González Ibáñez como autor responsable de cuatro delitos contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido de los ejercicios 2.009, 2010, 2011 y 2012.

4º.- Por los referidos delitos se han impuesto las siguientes penas:

A don Luis González Ibáñez:

- como autor responsable de un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido del ejercicio del año 2.009, pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, multa de 169.971,52 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de tres meses de privación de libertad, así como a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante el tiempo de tres años.

- como autor responsable de un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido del ejercicio del año 2.010, pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, multa de 158.856,04 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de tres meses de privación de libertad, así como a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante el tiempo de tres años.

- como autor responsable de un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido del ejercicio del año 2.011, pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, multa de 137.014,92 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de tres meses de privación de libertad, así como a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante el tiempo de tres años.

- como autor responsable de un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido del ejercicio del año 2.012, pena de un año y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, multa de 264.655,89 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de cuatro meses de privación de libertad, así como a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante el tiempo de cuatro años.

En concepto de responsabilidad civil se condena a don Luis González Ibáñez, así como a la mercantil Watch Orient Distribuciones, S.L., con carácter subsidiario, a que indemnicen al Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Vizcaya en la cantidad de 730.498,37 euros, a la que le será de aplicación los intereses previstos en el artículo 576.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con aplicación en todo caso de lo dispuesto en los artículos 305.5 del Código Penal y Disposición Adicional 6ª de la Norma Foral General Tributaria.

Y todo ello con imposición de las costas a tal condenado.

5º.- Se ha acordado indemnizar al Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia en la cantidad de 730.498,37 euros, a la que que le será de aplicación los intereses previstos en el artículo 576.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con aplicación en todo caso de lo dispuesto en los artículos 305.5 del Código Penal y Disposición Adicional 6ª de la Norma Foral General Tributaria."

Y para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 235.2 ter de la LOPJ extiendo el presente.

Bilbao, 4 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Marcos Iscar Vergara.

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