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Documento BOE-B-2019-16019

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2019, páginas 19935 a 19936 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-16019

TEXTO

Edicto

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 3544/2018 Sección: B.

NIG:0801947120188020361.

Fecha del auto de declaración. 07/03/2019.

Clase de concurso. Consecutivo.

Entidad concursada. Antonio Guillamon Zapata y Piedad Cosos Jaime, con DNl 46584040R y 46588336L respectivamente, ambos con domicilio en la calle Pere Bosch i Soldevila número 19. DP 08700 Igualada (Barcelona).

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador concursal:

. Miguel Solsona Tres, Abogado con DNl 38525653D, que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio la calle San Jaume número 11. Local A. Sant Quirze del Vallés (08192) Barcelona. Y, para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal es la indicada anteriormente, y la dirección de correo electrónico miquel@associats.com, teléfono de contacto 937211345 y fax 937211405.

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C. Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del artículo 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el artículo 95 LC.

Se tiene por presentado informe sobre la apertura de la sección de calificación del concurso y sobre la concurrencia de los requisitos del artículo 178 bis.

El concursado y los acreedores, dentro del plazo de alegaciones al plan de liquidación, podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado persona natural. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación.

Barcelona, 28 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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