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Documento BOE-B-2019-1632

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2019, páginas 2153 a 2153 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-1632

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:

Que en el procedimiento número 2214/14, por auto n.º 2/2019 de fecha 10 de enero de 2019, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor Suriberia trabajos rurales sin fronteras, S.L, con CIF B-91401463.

La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente:

Parte Dispositiva

ACUERDO:

1) La conclusión del proceso concursal de Suriberia trabajos rurales sin fronteras, S.L., con CIF B-91401463, llevado en este mismo juzgado con el n.º 2214/14. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días.

3) La declaración de extinción de la sociedad Suriberia trabajos rurales sin fronteras, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 L.C.

5) Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil.

Sevilla, 14 de enero de 2019.- La Letrada de la Administracion de Justicia, Juana Galvez Muñoz.

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