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Documento BOE-B-2019-16596

Resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras de delegación de competencias en materia de representación de la APBA ante diferentes organismos o entidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2019, páginas 20555 a 20555 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-16596

TEXTO

El artículo 31º del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, establece, en su apartado segundo, las funciones que corresponden al Presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, entre las que se encuentra, en las letras a) y f), representar de modo permanente a la Autoridad Portuaria y a su Consejo de Administración en cualesquiera actos y contratos y frente a toda persona física o jurídica, ya sea pública o privada, en juicio y fuera de él; y disponer los gastos y ordenar, mancomunadamente con el Director los pagos o movimientos de fondos.

En su virtud, por razones de eficacia en la actuación administrativa, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo delegar solidariamente en la Responsable Económico-Financiero y en el Jefe de la División Económico-Financiera, ambos de esta Autoridad Portuaria, las funciones siguientes:

Primero: La presentación de las declaraciones fiscales y la ejecución de cualquier trámite que pueda realizarse, por vía telemática, ante la "Agencia Estatal de Administración Tributaria".

Segundo: La remisión de la información de esta Autoridad Portuaria y la ejecución de cualquier trámite que pueda efectuarse, por vía telemática, en los "Sistemas de Información con Control de Acceso de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Intervención General de la Administración del Estado" ("CICEP.red").

Tercero: La remisión de la información de Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras y la ejecución de otros trámites que puedan realizarse, por vía telemática, ante el "Banco de España".

Cuarto: La delegación de competencias prevista en esta Resolución será revocable en cualquier momento de acuerdo con el apartado 6 del citado artículo 9º. Así mismo, como órgano titular de las competencias delegadas, el Presidente podrá avocar el ejercicio de las mismas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la citada Ley 40/2015.

La presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con el apartado 3º del artículo 9 de la citada Ley 40/2015.

Algaciras, 26 de marzo de 2019.- Presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, Gerardo Landaluce Calleja.

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