BDNS(Identif.):453388
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans).
Primero.-Beneficiarios.
Corporaciones Locales que gocen de capacidad técnica y de gestión suficiente para la ejecución del correspondiente proyecto.
No podrán ser beneficiarios aquellas Entidades en las que concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la contenida en el apartado 5 del artículo 3 de la Orden TAS 816/2005, de 21 de marzo.
Segundo.-Objeto.
Subvencionar los costes salariales y cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondientes a las contrataciones que lleven a cabo las Corporaciones Locales, de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, para la ejecución de proyectos de interés general y social y sean competencias delas CC.LL.
Tercero.-Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por lo preceptuado en las disposiciones siguientes:
- Real Decreto 939/1997, de 20 de junio (BOE de 24 de junio)
- Orden de 26 de octubre de 1998 (BOE de 21 de noviembre)
- Resolución de 30 de marzo de 1999 (BOE de 13 de abril)
- Resolución de 12 de abril de 2004 (BOE de 13 de mayo)
- Orden TAS/3657/2003, de 22 de diciembre de 2003 (BOE de 30 de diciembre)
- Ley 38/2003 de 17 de noviembre (BOE. de 18 de noviembre)
- Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE de 25 de julio)
- Orden de TAS/816/2005, de 21 de marzo (BOE de 1 de abril)
Cuarto.-Cuantía.
El procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria se sujetará a lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, conforme a la asignación de los fondos máximos disponibles a cada Corporación Local ratificada por la Comisión
Provincial de Seguimiento, que para este ejercicio asciende a 9.116.222,49 €, de los cuales 8.216.222,49 € irán destinados a subvencionar proyectos de los denominados para garantía de rentas y 900.000,00 € irán destinados a subvencionar proyectos de los denominados de empleo estable.
Quinto.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado hasta el día 30 de septiembre del año 2019.
Las solicitudes se presentaran, según los términos establecidos en la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, dirigidas a la Dirección Provincial del SEPE de Almería, y en su sede sita en Avenida de Cabo de Gata, 120, Almería. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Almería, 3 de mayo de 2019.- El Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Almería, José Carlos Lara Jiménez.
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