El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, ha resuelto con fecha 30 de abril de 2019, aprobar la modificación sustancial de la concesión administrativa otorgada a Raos Aditivos para la Construcción, Sociedad Limitada, por Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander de fecha 4 de noviembre de 2009, para la construcción y explotación de una terminal de uso particular para descarga y tránsito de graneles pulverulentos en el Espigón Norte de Raos, en los siguientes términos:
Ámbito de la modificación: Prórroga del plazo concesional: siete (7) años y medio; modificación del objeto concesional: construcción y explotación de una Terminal de uso particular para descarga y tránsito de graneles pulverulentos y la carga y tránsito de áridos en una parcela de 2.477 M², en el Espigón Norte de Raos y Ampliación del volumen o superficie construida.
Lo que se hace público para el general conocimiento, de conformidad a lo previsto en el artículo 88.2. b), del Real Decreto Legislativo 2/2011, en relación con el artículo 85.7 del citado Real Decreto Legislativo.
Santander, 30 de abril de 2019.- El Presidente, Jaime González López.
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