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Documento BOE-B-2019-21092

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia la constitución de la asociación empresarial denominada "Asociación Española de Camiones de Comida", en siglas ASESCAMCOM, con número de depósito 99105849.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 2019, páginas 26184 a 26184 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-B-2019-21092

TEXTO

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales («Boletín Oficial del Estado» de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por don Adriano Cubelos Alvarez mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2019/000737.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 20/03/2019 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 27/03/2019.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don Adriano Cubelos Alvarez en representación de THE FOOD TRUCK STREET SL, D. Lorenzo Pardo Santos en representación de 4G CENTRAL DE COMPRAS SLU, y doña Nuria Gonzalo De Grado en representación de DIVERVACACIONES SLU, todos ellos en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio de la organización queda fijado en el artículo 5, su ámbito territorial es nacional y el funcional es el establecido en el artículo 7 de sus estatutos.

Se dispone la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social («Boletín Oficial del Estado» de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 10 de abril de 2019.- El Director General, P.D. (Real Decreto 903/2018, de 20 de julio y Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre), el Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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