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Documento BOE-B-2019-22053

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 2019, páginas 27327 a 27327 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-22053

TEXTO

D.ª Lucia Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo de lo de lo Mercantil N. 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración concurso 91/2019 se ha dictado en fecha 6 mayo 2019, Auto de declaración de concurso del deudor D. Pedro Angel Monge Terrores, D.N.I. 08.695.783 N y su cónyuge Dª María Macias Corbacho D.N.I. 08.688.254 G, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Almendralejo nº 1 de la localidad de La Zarza (Badajoz) 06830.

2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición. Se ha designado, como Administración concursal al abogado D Jose Luis Lillo Flores con dni 48367462A, con dirección electrónica concursal@gestidem.com y con domicilio a efecto de notificaciones en C/ Monteria 4, 1B de Badajoz, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fín.

3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral

5.º- Por Auto de fecha 8 de mayo de 2019 se ha abierto la fase de liquidación

6.º- Las sucesivas resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la Registro Público Concursal.

Badajoz, 10 de mayo de 2019.- Letrada de la Administracion de Justicia, Lucía Peces Gómez.

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