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Documento BOE-B-2019-22289

CUENCA

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 2019, páginas 27640 a 27640 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-22289

TEXTO

Edicto

Doña Marta María Martínez González, letrada de la administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Cuenca,

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración de concurso 0000278 /2019, seguido a instancias de LOGIDOS, S.L., en los que por resolución de fecha 24 de abril de 2019 se ha dictado auto de declaración de concurso y simultáneo archivo del mismo respecto de la mercantil LOGIDOS, S.L. que es firme y cuya parte dispositiva se transcribe literalmente a continuación:

Parte dispositiva

Declaro el concurso voluntario de "LOGIDOS, S.L.", y domicilio social sito en Calle Hernán Cortés, n.º 18, de Motilla del Palancar (Cuenca), y simultáneamente se concluye por insuficiencia de masa activa. En su virtud, acuerdo la disolución y extinción de la personalidad jurídica del deudor, "LOGIDOS, S.L." y el cierre de la hoja registral.

Inscríbase, preferentemente por medios telemáticos, en el Registro Mercantil de Cuenca la declaración de concurso voluntario.

Mándase inscribir en los registros públicos de bienes o derechos del deudor, mediante anotación preventiva en el folio correspondiente a cada uno de ellos, la declaración de concurso

Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado. Notifíquese esta resolución a las partes personadas. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cuenca a interponer en juzgado en plazo de veinte días desde su notificación a las partes (art. 176 bis 4 LC).

Así lo acuerda y firma S.S.ª

Cuenca, 30 de abril de 2019.- Letrada de la Administracion de Justicia, Doña Marta María Martínez González.

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