Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente,
Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 28/2010, se ha dictado en fecha 18 de marzo de 2019 auto declarando la conclusión del concurso de DON GREGORIO BENEDICTO CARDENES SANTANA, con DNI n.º 43245485B, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:
Se declara la conclusión del concurso de DON GREGORIO BENEDICTO CARDENES SANTANA. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes. Fuera de los supuestos previstos en el artículo 178 bis LC, en los casos de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
Las Palmas de Gran Canaria, 9 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid