Contido non dispoñible en galego
El Juzgado mercantil nº 9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley concursal,
Hace saber:
1º. Que en el procedimiento Concurso Abreviado 614/2015 de la mercantil MEDIAPUNTA EDICIONES, S.L., por auto de fecha 21de mayo de 2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2º. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º. Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 23 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de justicia, María Jesus Palmero Sandín.
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