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Documento BOE-B-2019-26040

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2019, páginas 32429 a 32429 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-26040

TEXTO

Doña María Manuela García-Jalón de la Lama, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Santiago de Compostela, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en Sección I Declaración Concurso 210/2019 (Concurso Abreviado n.º 210/2019), con NIG 15078 42 1 2019 0001472, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 03/05/2019 Auto de declaración de concurso voluntario consecutivo de don EDUARDO PABLO GIANNONI LIACONO, con DNI n.º 46097839C, casado con doña Beatriz Villasenin Noya en régimen de sociedad de gananciales, y de doña BEATRIZ VILLASENIN NOYA, con DNI n.º 47386974M, casada con don Eduardo Pablo Giannoni Liacono, cuyo centro de intereses principales lo tienen ambos en Rúa Castiñeiriño, n.º 16, Bajo D, Los tilos - Teo (A Coruña).

2.º Que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio, siendo sustituidos en dichas facultades por el administrador concursal designado, al resultar procedente la apertura de la fase de liquidación.

3.º Que se ha designado como Administrador Concursal a don Rodrigo Cabedo Gregori, con DNI n.º 37290893G, de profesión economista, con domicilio profesional en Cantón Pequeño, n.º 29, 2.º A, 15003 A Coruña (A Coruña), teléfono 934951661/661826982, fax 934951660, y correo electrónico rodrigo.cabedo@cabedo.com, señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administración Concursal designado la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde la publicación del presente en el «Boletín Oficial del Estado».

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de abogado/a (artículo 184.3 LC).

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Manuela García-Jalón de la Lama.

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