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Documento BOE-B-2019-27364

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2019, páginas 34109 a 34109 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-27364

TEXTO

EDICTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N. 3 de Pontevedra, con Sede en Vigo, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 80/2019 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 13 de mayo de 2019 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado de Gorentar, S.L. (en liquidación), con CIF B-36.963.189, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Manuel Núñez, nº2, 3º, oficina 7- Vigo.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

3º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

4º.- Se declara disuelta la entidad Gorentar, S.L., en liquidación con CIF B-36.963.189.

5º.- Se ha designado, como Administración concursal, a la abogada doña Gabriela Lagos Suarez-Llanos, Colegiada nº 1378 del ICA Vigo, domicilio profesional en calle Luis Taboada, nº 32, 3º izquierda de Vigo (CP 36301), con la dirección electrónica gabriela@miguezabogados.es y teléfono fijo 986.43.53.79.

6º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de UN MES desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

7º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Vigo, 13 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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