Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-2740

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2019, páginas 3538 a 3538 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-2740

TEXTO

D. Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 17/01/19, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], 000317/2014, N.I.G. N.º 12040-66-2-2014-0000350, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "Juan A Gómez Flor, S.L.", domiciliado en Carretera de Ribesalbes, Km 3,7 Castellón y C.I.F./D.N.I. número B12221974.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte dispositiva:

1.-Acordar la conclusión del concurso de Juan A Gómez Flor." seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000317/2014-IX., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Juan A Gómez Flor SL"., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.-El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.

6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.-Notífiquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.

Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC).

Magistrado - Letrado de la Administración de Justicia"

En Castellón, 17 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid