Edicto
Juzgado de lo Mercantil N.° 2 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.° Que en el procedimiento Concurso Abreviado 383/2015 del concursado VIP ROOM ALTA COCTELERIA, S.A., por auto de fecha 21/05/2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.° Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso.
3.° Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 21 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Enrique Calvo Vergara.
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