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Documento BOE-B-2019-2850

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2019, páginas 3708 a 3708 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-2850

TEXTO

EDICTO

Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

Que en el Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 0000291/2015, referente al concursado Carnicería Charcutería Viñasol, S.L., con C.I.F. B73304669, por auto de fecha 21 de enero de 2018, se ha acordado lo siguiente:

"Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Carnicería Charcutería Viñasol, S.L..

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal.

Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, doy fe."

En Murcia, 21 de enero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

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