juzgado de lo mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:
1º- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 766/2017 por auto de fecha 03/06/2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2º- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 21 de junio de 2019.- Letrado de la Administracion de Justicia, Enrique Calvo Vergara.
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