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Documento BOE-B-2019-28867

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 27 de junio de 2019, páginas 36139 a 36139 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-28867

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, (LC),

Hace saber:

1.- Que en el Concurso consecutivo 795/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0079188, por auto de fecha 21/06/2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D. Sergio Placer Arrebola, con nº de identificación 47.486.479-N, y domiciliado en la calle Navalmoral de la Mata, nº 20, de Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es D. Cristian Vidal Castañón, con domicilio postal en Pº Reina Cristina, nº 11, CP 28014 (Madrid), y dirección electrónica cvidal@intervencionlegal.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC.

8.- Que se tiene por presentado el plan de liquidación, quedando de manifiesto en la oficina judicial para que en el plazo de 15 días el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación al mismo, conforme al art. 148.2 LC.

Madrid, 24 de junio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.

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