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Documento BOE-B-2019-29687

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2019, páginas 37173 a 37173 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-29687

TEXTO

Doña María del Mar Garcerán Donate, Letrada de la Administración de Justicia del Servicio Común de Ordenación del Procedimiento de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia con el nº CNA 1076/18 se ha dictado en fecha 22 de febrero de 2019 auto de declaración de concurso necesario abreviado del deudor José Francisco Navas San Nicolás con DNI 22.960.557W y Antonia Martínez Salinas con DNI 27.465.046X, cuyo domicilio lo tiene en Murcia.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como Administración concursal a Dionisio Campillo Antolinos, con domicilio postal 30.140 Santomera – Murcia, calle Paraje don Antonio Prior, 4 bajo, teléfono 620819947 y dirección electrónica arrow@arrowauditores.com, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5º.- La concursada ha solicitado la liquidación. Habiendo presentado la Administración Concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la correspondiente al Registro Público Concursal.

Murcia, 19 de junio de 2019.- Letrada de la Administracion de Justicia, María del Mar Garcerán Donate.

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