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Documento BOE-B-2019-29743

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2019, páginas 37231 a 37232 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-29743

TEXTO

Edicto

Xavier García Bonet, el Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Numero de asunto. Concurso consecutivo 1120/2019 Sección C.

NIG: 0801947120198011012.

Fecha del auto de declaración. 21 de mayo de 2019.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Maria Restrepo Villamil, con DNI 46152252S.

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador concursal:

PERNA BERTRAN Y ASOCIADOS, S.L.P., con CIF B-66348830 inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 44.445, folio 100 hoja B 456253 inscripción 1º con domicilio profesional en Travesía de Gracia nº 18-20, 5º 3º de Barcelona 08021 con nº de teléfono 93.201.07.51,fax nº93 201 07 51 y con la dirección de correo electrónico: administracionconcursal@perna-asociados.com

Régimen de facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de Les Corts Catalanes, 111 (edifici C)- Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado el Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se le dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la Administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Dirección electrónica del Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://wwww.publicidadconcursal.es

Barcelona, 28 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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