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Documento BOE-B-2019-30784

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2019, páginas 38686 a 38686 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-30784

TEXTO

Edicto

D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Letrado de la Administración de Justicia del Xdo. do Mercantil N.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en Sección I Declaración Concurso 134/2019 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 10 de junio de 2019 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado de Ecogestión y Auditoría de Residuos, S.L., con CIF B- 27.737.360, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Príncipe, n.º 12, 3.º Bajo - Vigo.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

3.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

4.º Se declara disuelta la entidad Ecogestión y Auditoría de Residuos, S.L., con CIF B-27.737.360.

5.º Se ha designado, como Administración concursal, al abogado don Isaías González García, Colegiado n.º 6.126 del ICA de A Coruña, domicilio profesional en C/ Fonseca, n.º 6, 4.º A Coruña (CP 15004), con la dirección electrónica concursal@vento.esroberto@calvoiglesias.com y teléfono fijo 981.60.77.53.

6.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Vigo, 10 de junio de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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