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Documento BOE-B-2019-30942

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2019, páginas 38924 a 38925 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-30942

TEXTO

Xavier Garcia Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 987/2019 Sección: /

NIG: 0801947120198009487

Fecha del auto de declaración. 18/6/2019

Clase de concurso. voluntario consecutivo.

Entidad concursada. Miquel Blanco Monraba, con 45462004C

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Jose Carlos Ojeda Vicente

Dirección postal: Calle Sant Antoni Maria Claret 71, 1º1ª, 08025 - Barcelona

Dirección electrónica: Ojeda@economistes.com

Régimen de las facultades del concursado. suspendidas

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la admiración concursal a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones

Se tiene por presentado el informe del artículo 75 de la ley Concursal (LC),junto con el inventario de los bienes y la lista de acreedores. Las partes personadas, que se consideren perjudicadas, pueden impugnar el inventario de los bienes y la lista de acreedores en el plazo de diez días, de conformidad con el artículo 96.1 LC. Para las demás personas interesadas, el plazo de diez días se computará desde la última publicación de las previstas en el artículo 95 de la LC y para hacerlo necesitan valerse de abogado y procurador.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 26 de junio de 2019.- El Letrado de la Administración de la Justicia, Xavier Garcia Bonet.

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